Información deducciones impuesto de sociedades por realización de actividades de innovación

Ahorra hasta un 12% en el Impuesto de Sociedades de 2013

La deducción es una excepción en el marco fiscal ideada para incentivar determinadas actividades, mediante la desgravación de un porcentaje sobre los gastos asociados a proyectos de innovación, en los que se incluiría la realización de Proyectos de innovación. Dicha deducción para gastos realizados durante el ejercicio 2.013 asciende al 12%.

  1. Se practica sobre la CUOTA ÍNTEGRA AJUSTADA
  2. Permite reducir el importe a satisfacer a Hacienda en su factura fiscal.
  3. Si en un ejercicio no se pudiera deducir, podría diferirse hasta en 18 años.

CONCEPTOS DEDUCIBLES

  1. Amortización de equipos durante el período de duración del proyecto
  2. Materiales para la realización del proyecto
  3. Personal que ha participado en el mismo
  4. Colaboraciones externas

NUESTRO TRABAJO SERÍA:

  • noti06Asesoramiento para identificación de proyectos y oportunidades. Identificamos los proyectos deducibles.
  • Elaboración de la documentación técnica Estructuramos, enfocamos y redactamos la memoria de acuerdo al RD 1432/2003.
  • Elaboración de la documentación económica y administrativa cumplimentamos los formularios e impresos administrativos, necesarios para la obtención de Informe Motivado.
  • Presentación de las memorias ante la entidad certificadora y Solicitud de Informe Motivado.
  • Seguimiento de los expedientes y del certificado.
  • Aplicación de la deducción asesoramiento en el cálculo de la deducción a aplicar.

Nuevas condiciones: «Línea de innovación directa para la financiación con prestamos bonificados de proyectos de innovación tecnológica»

OBJETIVOS

Apoyar proyectos empresariales que impliquen la incorporación y adaptación de tecnologías novedosas a nivel sectorial, y que supongan una ventaja competitiva para la empresa. También se financiarán actuaciones de adaptación tecnológica dirigidas a la introducción en nuevos mercados.

INVERSIONES SUBVENCIONABLES

  • Adquisición de activos fijos nuevos.
  • Costes de personal.
  • Materiales y consumibles.
  • Colaboraciones externas.
  • Gastos generales.
  • Costes de auditoría.

Las inversiones y gastos deberán ser posteriores a la fecha de presentación del proyecto.

REQUISITOS

Tipo de ayuda: préstamo rembolsable a tipo de interés bonificado.
Presupuesto mínimo: 175.000 EUROS.
FINANCIACIÓN hasta el 75% del presupuesto financiable, pudiendo alcanzar el 85% en función del impacto del proyecto.
Duración de los proyectos: 18 meses.

TIPO INTERES

Tipo de Interés aplicable y período de amortización: el tipo de interés aplicado dependerá del origen de fondos asignado a la ayuda y del período de amortización elegido, en caso de fondos CDTI.

Fondos FEDER
Tipo de interés del 2% anual y período de amortización de 3 años, con amortizaciones semestrales, incluyendo un año de carencia desde la fecha prevista de finalización del proyecto.

Fondos CDTI (dos opciones)
Tipo de interés 2% anual y período de amortización de 3 años, con amortizaciones semestrales, incluyendo un año de carencia desde la fecha prevista de finalización del proyecto.
Tipo de interés 2,5% anual y período de amortización de 5 años, con amortizaciones semestrales, incluyendo un año de carencia desde la fecha prevista de finalización del proyecto.

ANTICIPO AYUDA CONCEDIDA

Los beneficiarios podrán optar a un anticipo básico del 25% de la ayuda concedida (hasta 300.000 euros) sin garantías adicionales, o hasta un 50% o 75% mediante la presentación de avales de entidades financieras.

Aplicación de beneficios fiscales “PATENT BOX” para la reducción de la cuota del impuesto de sociedades por cesion de activos intangibles

TIPOS DE ACTIVOS INTANGIBLES CON BENEFICIO FISCAL

Patentes
Modelos de utilidad
Diseños industriales
Planos
Formulas
Know-how
Prototipos

OBJETO DEL BENEFICIO FISCAL

  • Cesión del activo intangible mediante contrato a otra empresa que podrá ser o no del grupo empresarial.
  • El cesionario deberá usar los derechos de uso o de explotación en el desarrollo de una actividad económica.
  • Es compatible con otras ayudas y con las deducciones fiscales por I+D+i.

CUANTÍA DEL BENEFICIO FISCAL

Minoración de la base imponible hasta un 60% de la renta neta derivada de la cesión del derecho de uso o de explotación de los intangibles

SITUACIÓN ANTERIOR: EMPRESA QUE NO APLICA EL BENEFICIO FISCAL PATENT BOX

Una única empresa que produce y posee activos intangibles.

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SITUACIÓN FINAL: EMPRESA QUE APLICA EL BENEFICIO FISCAL PATENTE BOX

Dos empresas: una que produce y otra que posee los activos intangibles cedibles

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CUANTIA DEL BENEFICIO FISCAL

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